CCyC

Artículo 1192. Cosas objeto del contrato

Cualquier cosa presente o futura que esté en el comercio puede ser objeto del contrato de locación, siempre que sea determinable. Esto incluye productos y frutos ordinarios, a menos que se estipule lo contrario.

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Texto Legal

- Cosas. Toda cosa presente o futura, cuya tenencia esté en el comercio, puede ser objeto del contrato de locación, si es determinable, aunque sea sólo en su especie. Se comprenden en el contrato, a falta de previsión en contrario, los productos y los frutos ordinarios.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental asegurarse de que el objeto del contrato esté claramente definido para evitar disputas sobre la naturaleza de lo que se está alquilando.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1192 del CCyC?

Cualquier cosa presente o futura que esté en el comercio puede ser objeto del contrato de locación, siempre que sea determinable. Esto incluye productos y frutos ordinarios, a menos que se estipule lo contrario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1192 de la CCyC?

Es fundamental asegurarse de que el objeto del contrato esté claramente definido para evitar disputas sobre la naturaleza de lo que se está alquilando.

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