Ambas partes deben avisar sobre cambios en las cantidades a entregar o recibir, permitiendo una operación eficiente. Si no hay acuerdo, debe avisarse con anticipación razonable.
- Aviso. Si las cantidades a entregar en cada período u oportunidad pueden variarse, cada parte debe dar aviso a la otra de la modificación en sus necesidades de recepción o posibilidades de entrega, en la forma y oportunidades que pacten. No habiendo convención, debe avisarse con una anticipación que permita a la otra parte prever las acciones necesarias para una eficiente operación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Establecer un protocolo de aviso es clave para evitar interrupciones en el suministro. No cumplir con esta obligación puede resultar en pérdidas operativas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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