El contrato de suministro puede tener un plazo máximo de veinte años para productos del suelo o subsuelo y diez años para otros casos. Este plazo se cuenta desde la primera entrega ordinaria.
- Plazo máximo. El contrato de suministro puede ser convenido por un plazo máximo de veinte años, si se trata de frutos o productos del suelo o del subsuelo, con proceso de elaboración o sin él, y de diez años en los demás casos. El plazo máximo se computa a partir de la primera entrega ordinaria.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer los plazos máximos permite planificar adecuadamente las relaciones comerciales y evitar conflictos por plazos no cumplidos. Un incumplimiento en este aspecto puede generar litigios.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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