La entrega de la cosa debe realizarse dentro de las veinticuatro horas posteriores a la celebración del contrato, salvo que se acuerde otro plazo. Esto asegura que el comprador reciba lo pactado de manera oportuna.
- Plazo para la entrega de la cosa. La entrega debe hacerse dentro de las veinticuatro horas de celebrado el contrato, excepto que de la convención o los usos resulte otro plazo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cumplir con este plazo es vital para evitar reclamos por incumplimiento. Un retraso podría dar lugar a penalizaciones o a la rescisión del contrato.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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