Los consumidores tienen el derecho de revocar su aceptación de un contrato celebrado fuera de establecimientos o a distancia dentro de un plazo de diez días. Esto protege los derechos del consumidor.
- Revocación. En los contratos celebrados fuera de los establecimientos comerciales y a distancia, el consumidor tiene el derecho irrenunciable de revocar la aceptación dentro de los diez días computados a partir de la celebración del contrato. Si la aceptación es posterior a la entrega del bien, el plazo debe comenzar a correr desde que esta última se produce. Si el plazo vence en día inhábil, se prorroga hasta el primer día hábil siguiente. Las cláusulas, pactos o cualquier modalidad aceptada por el consumidor durante este período que tengan por resultado la imposibilidad de ejercer el derecho de revocación se tienen por no escritos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las empresas deben estar preparadas para gestionar las revocaciones de manera efectiva, ya que no cumplir con este derecho puede resultar en sanciones y pérdida de confianza del consumidor.
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