CCyC

Artículo 1108. Ofertas electrónicas

Las ofertas realizadas por medios electrónicos deben ser válidas durante el tiempo que el oferente establezca. Esto asegura que los consumidores tengan claridad sobre la duración de las ofertas.

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Texto Legal

- Ofertas por medios electrónicos. Las ofertas de contratación por medios electrónicos o similares deben tener vigencia durante el período que fije el oferente o, en su defecto, durante todo el tiempo que permanezcan accesibles al destinatario. El oferente debe confirmar por vía electrónica y sin demora la llegada de la aceptación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben gestionar adecuadamente la vigencia de sus ofertas para evitar confusiones y posibles reclamaciones por parte de los consumidores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1108 del CCyC?

Las ofertas realizadas por medios electrónicos deben ser válidas durante el tiempo que el oferente establezca. Esto asegura que los consumidores tengan claridad sobre la duración de las ofertas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1108 de la CCyC?

Las empresas deben gestionar adecuadamente la vigencia de sus ofertas para evitar confusiones y posibles reclamaciones por parte de los consumidores.

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