En ciertos casos, la ley permite la extinción del contrato sin requerimiento previo. Esto se aplica a situaciones específicas donde la ley otorga esta facultad.
- Resolución por ministerio de la ley. El requerimiento dispuesto en el artículo 1088 no es necesario en los casos en que la ley faculta a la parte para declarar unilateralmente la extinción del contrato, sin perjuicio de disposiciones especiales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer estos casos puede ser ventajoso para actuar rápidamente en situaciones donde la ley permite la resolución sin trámites adicionales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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