CCyC

Artículo 1066. Principio de conservación

En caso de duda sobre la eficacia del contrato, se debe interpretar en el sentido de darles efecto. Este principio favorece la validez de los contratos.

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Texto Legal

- Principio de conservación. Si hay duda sobre la eficacia del contrato, o de alguna de sus cláusulas, debe interpretarse en el sentido de darles efecto. Si esto resulta de varias interpretaciones posibles, corresponde entenderlos con el alcance más adecuado al objeto del contrato.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este principio puede ser tu aliado si hay ambigüedades; favorece la interpretación que mantiene el contrato vigente, protegiendo tus intereses.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1066 del CCyC?

En caso de duda sobre la eficacia del contrato, se debe interpretar en el sentido de darles efecto. Este principio favorece la validez de los contratos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1066 de la CCyC?

Este principio puede ser tu aliado si hay ambigüedades; favorece la interpretación que mantiene el contrato vigente, protegiendo tus intereses.

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