CCyC

Artículo 10. Abuso del derecho

El ejercicio abusivo de derechos no está protegido por la ley. Se considera abuso cuando contraviene la buena fe o excede límites razonables, lo que puede llevar a sanciones judiciales.

abusoderechosbuena fe

Texto Legal

- Abuso del derecho. El ejercicio regular de un derecho propio o el cumplimiento de una obligación legal no puede constituir como ilícito ningún acto. La ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos. Se considera tal el que contraría los fines del ordenamiento jurídico o el que excede los límites impuestos por la buena fe, la moral y las buenas costumbres. El juez debe ordenar lo necesario para evitar los efectos del ejercicio abusivo o de la situación jurídica abusiva y, si correspondiere, procurar la reposición al estado de hecho anterior y fijar una indemnización.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo protege a las partes de actos desleales. Ignorarlo puede resultar en la invalidación de acciones legales y en la obligación de reparar daños.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del CCyC?

El ejercicio abusivo de derechos no está protegido por la ley. Se considera abuso cuando contraviene la buena fe o excede límites razonables, lo que puede llevar a sanciones judiciales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la CCyC?

Este articulo protege a las partes de actos desleales. Ignorarlo puede resultar en la invalidación de acciones legales y en la obligación de reparar daños.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 10 del CCyC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 10 CCyC desde tu celular