La función del síndico es remunerada, y si no está especificada en el estatuto, será determinada por la asamblea. Esto establece un marco claro para la compensación de los síndicos.
La función del síndico es remunerada. Si la remuneración no estuviera determinada por el estatuto, lo será por la asamblea. Indelegabilidad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Definir la remuneración del síndico es clave para evitar conflictos de interés y asegurar que su labor se realice de manera efectiva y profesional.
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