LGS

Artículo 268. Representacion de la sociedad

La representación de la sociedad corresponde al presidente del directorio, con posibles autorizaciones para otros directores.

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Texto Legal

— La representación de la sociedad corresponde al presidente del directorio. El estatuto puede autorizar la actuación de uno o más directores. En ambos supuestos se aplicará el artículo 58. Directorio: Comité ejecutivo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Definir claramente quién representa a la sociedad evita conflictos y asegura una comunicación efectiva. La falta de claridad puede llevar a decisiones no autorizadas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 268 del LGS?

La representación de la sociedad corresponde al presidente del directorio, con posibles autorizaciones para otros directores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 268 de la LGS?

Definir claramente quién representa a la sociedad evita conflictos y asegura una comunicación efectiva. La falta de claridad puede llevar a decisiones no autorizadas.

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