LGS

Artículo 238. Deposito de acciones

Para asistir a las asambleas, los accionistas deben depositar sus acciones o presentar un certificado de depósito. Este articulo establece los requisitos para la asistencia a las asambleas.

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Texto Legal

— Para asistir a las asambleas, los accionistas deben depositar en la sociedad sus acciones o un certificado de depósito o constancia de las cuentas de acciones escriturales, librado al efecto por un banco, caja de valores u otra institución autorizada, para su registro en el libro de asistencia a las asambleas, con no menos de tres (3) días hábiles de anticipación al de la fecha fijada. La sociedad les entregará los comprobantes necesarios de recibo, que servirán para la admisión a la asamblea. Comunicación de asistencia. Los titulares de acciones nominativas o escriturales cuyo registro sea llevado por la propia sociedad, quedan exceptuados de la obligación de depositar sus acciones o presentar certificados o constancias, pero deben cursar comunicación para que se los inscriba en el libro de asistencia dentro del mismo término. Libro de asistencia. Los accionistas o sus representantes que concurran a la asamblea firmarán el libro de asistencia en el que se dejará constancia de sus domicilios, documentos de identidad y número de votos que les corresponda. Certificados. No se podrá disponer de las acciones hasta después de realizada la asamblea, excepto en el caso de cancelación del depósito. Quien sin ser accionista invoque a los derechos que confiere un certificado o constancia que le atribuye tal calidad, responderá por los daños y perjuicios que se irroguen a la sociedad emisora, socios y terceros; la indemnización en ningún caso será inferior al valor real de las acciones que haya invocado, al momento de la convocatoria de la asamblea. El banco o la institución autorizada responderá por la existencia de las acciones ante la sociedad emisora, socios o terceros, en la medida de los perjuicios efectivamente irrogados. Cuando los certificados de depósito o las constancias de las cuentas de acciones escriturales no especifiquen su numeración y la de los títulos, en su caso, la autoridad de contralor podrá, a petición fundada de cualquier accionista, requerir del depositario o institución encargada de llevar el registro la comprobación de la existencia de las acciones. Actuación por mandatario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El deposito de acciones es un procedimiento clave para asegurar la participación de los accionistas, y su incumplimiento puede resultar en la exclusión de la asamblea.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 238 del LGS?

Para asistir a las asambleas, los accionistas deben depositar sus acciones o presentar un certificado de depósito. Este articulo establece los requisitos para la asistencia a las asambleas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 238 de la LGS?

El deposito de acciones es un procedimiento clave para asegurar la participación de los accionistas, y su incumplimiento puede resultar en la exclusión de la asamblea.

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