El capital se divide en cuotas y los socios limitan su responsabilidad a la integracion de las que suscriban. El numero maximo de socios no excedera de cincuenta.
El capital se divide en cuotas; los socios limitan su responsabilidad a la integración de las que suscriban o adquieran, sin perjuicio de la garantía a que se refiere el artículo 150. Número máximo de socios. El número de socios no excederá de cincuenta. Denominación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Limitar la responsabilidad a las cuotas suscritas protege el patrimonio personal de los socios, pero es esencial cumplir con las obligaciones de capital.
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