ley-11723-propiedad-intelectual-ar

Artículo 42.

Texto Legal

— No habiendo plazo fijado para la entrega de la obra por el autor o sus derechohabientes o para su publicación por el editor, el tribunal lo fijará equitativamente en juicio sumario y bajo apercibimiento de la indemnización correspondiente.

Preguntas Frecuentes

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