NICSP 47

Artículo FC77. NICSP 47 — Párrafo FC77

Texto Legal

El IPSASB concluyó que la brecha fiscal no cumple la definición de un activo, por cuanto no se espera que los recursos fluyan al gobierno con respecto a esos importes. En consecuencia, no se reconocerán activos, pasivos, ingresos o gastos con respecto a la brecha fiscal. Ingresos procedentes de transacciones con acuerdos vinculantes (párrafos 56 a 161) Contabilización del acuerdo vinculante

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo FC77 del NICSP 47?

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