Al adaptar la NIIF 15 para su uso en el sector público, el IPSASB modificó los siguientes términos de la NICSP 47 para alinearlos mejor con la terminología utilizada en el sector público: (a) Todas las referencias a "vender" o "vendido" se sustituyeron por los términos "proporcionar" y "proporcionado", respectivamente. Además de la alineación general con la terminología del sector público, este cambio también tiene en cuenta el hecho de que en los acuerdos de ingresos tripartitos, los bienes o servicios son proporcionados, en lugar de vendidos, por una entidad a un tercero beneficiario; (b) "Precio de venta independiente" se sustituyó por "valor independiente"; (c) "Prácticas comerciales habituales" se sustituyó por "prácticas habituales" de una entidad; (d) "sector industrial" se sustituyó por "sector"; y (e) se introdujeron cambios de redacción en la definición de "contraprestación de la transacción". Se añadieron otros cambios en la terminología y nuevas definiciones por motivos específicos del sector público. Estos cambios e incorporaciones se explican en los párrafos FC45 a FC62. Acuerdos vinculantes
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