NICSP 47

Artículo 9. NICSP 47 — Párrafo 9

Texto Legal

Con respecto a los impuestos sobre sucesiones, debido a los elevados niveles actuales de incumplimiento de la ley, el Gobierno no puede medir el importe de los activos y los ingresos acumulados (o devengados) en el periodo en que fallecen las personas propietarias de las propiedades imponibles. El Gobierno reconoce, por tanto, los impuestos sobre la propiedad cuando recibe el pago. El departamento de impuestos está trabajando ininterrumpidamente para desarrollar un método fiable para medir los activos a recibir y los ingresos en el año en que ocurre el hecho imponible. Pasivos reconocidos con respecto a las transferencias

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del NICSP 47?

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