NICSP 47

Artículo 83A. NICSP 47 — Párrafo 83A

Texto Legal

Sin embargo, una entidad que, en el curso de sus actividades ordinarias, vende, proporciona elementos de propiedades, planta y equipo que se mantenían para arrendar a terceros, deberá transferir esos activos a los inventarios por su importe en libros cuando dejen de ser arrendados y se clasifiquen como mantenidos para la venta. El importe de la contraprestación de los recursos procedente de la venta disposición de dichos

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 83A del NICSP 47?

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