CP

Artículo 97. Penas por duelo con padrinos

Los participantes en un duelo con padrinos enfrentan penas que varían según si causan lesiones o muerte. Las penas pueden ir de uno a seis meses hasta cuatro años.

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Texto Legal

- Los que se batieren en duelo, con intervención de dos o más padrinos, mayores de edad, que elijan las armas y arreglen las demás condiciones del desafío, serán reprimidos: 1.º Con prisión de uno a seis meses, al que no infiriere lesión a su adversario o sólo le causare una lesión de las determinadas en el artículo 89; 2.º Con prisión de uno a cuatro años, al que causare la muerte de su adversario o le infiriere lesión de las determinadas en los artículos 90 y 91.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Participar en un duelo, incluso con padrinos, puede llevar a sanciones penales severas. Esto debe ser considerado antes de aceptar cualquier desafío.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 97 del CP?

Los participantes en un duelo con padrinos enfrentan penas que varían según si causan lesiones o muerte. Las penas pueden ir de uno a seis meses hasta cuatro años.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 97 de la CP?

Participar en un duelo, incluso con padrinos, puede llevar a sanciones penales severas. Esto debe ser considerado antes de aceptar cualquier desafío.

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