El articulo establece las penas que corresponden a la tentativa de delito, reduciendo la pena en caso de no consumarse. Esto permite una respuesta legal más proporcional a la intencion delictiva.
- La pena que correspondería al agente si hubiere consumado el delito, se disminuirá de un tercio a la mitad. Si el delito fuera imposible, la pena se disminuirá en la mitad y podrá reducírsela al mínimo legal o eximirse de ella, según el grado de peligrosidad revelada por el delincuente. Si la pena fuere de reclusión perpetua, la pena de la tentativa será reclusión de quince a veinte años. Si la pena fuese de prisión perpetua, la de tentativa será prisión de diez a quince años. TITULO VII Participación criminal
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si intentas cometer un delito y no lo logras, la pena puede ser significativamente menor. Conocer esto puede influir en tu decision de desistirte de acciones delictivas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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