CP

Artículo 265. Intereses en contratos publicos

Los funcionarios que se interesen en contratos relacionados con su cargo enfrentaran penas de prision e inhabilitacion. Esto busca evitar conflictos de interes en la administracion publica.

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Texto Legal

- Será reprimido con prisión de uno a tres años e inhabilitación absoluta por uno a cinco años, el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo. Esta disposición será aplicable a los peritos y contadores particulares respecto de los bienes cuya tasación, partición o adjudicación hubieren intervenido y a los tutores, curadores, albaceas, síndicos respecto de los pertenecientes a pupilos, curados, testamentarias o concursos. CAPITULO IX Exacciones ilegales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los funcionarios deben evitar cualquier involucramiento en contratos relacionados con su cargo, ya que esto puede llevar a penas severas y afectar su carrera profesional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 265 del CP?

Los funcionarios que se interesen en contratos relacionados con su cargo enfrentaran penas de prision e inhabilitacion. Esto busca evitar conflictos de interes en la administracion publica.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 265 de la CP?

Los funcionarios deben evitar cualquier involucramiento en contratos relacionados con su cargo, ya que esto puede llevar a penas severas y afectar su carrera profesional.

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