La inhabilitación absoluta implica la privación de derechos y beneficios para el penado, incluyendo empleo público y jubilaciones. Esto afecta gravemente su situación económica y social.
- La inhabilitación absoluta importa: 1.º La privación del empleo o cargo público que ejercía el penado, aunque provenga de elección popular; 2.º La privación del derecho electoral; 3.º La incapacidad para obtener cargos, empleos y comisiones públicas; 4.º La pérdida de toda jubilación, pensión o goce de montepío de que disfrutare. Si el penado tuviese esposa, hijos menores de cualquier clase o padre anciano y desvalido, corresponderá a éstos el importe de la jubilación, pensión o goce de montepío. En caso contrario, su importe se destinará a aumentar los fondos provenientes de la aplicación del artículo 11.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los penados deben entender que perderán derechos fundamentales, lo que puede limitar su capacidad de obtener empleo y generar ingresos, afectando su reintegración a la sociedad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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