CP

Artículo 130. Rapto de Mujeres

Se establece una pena de uno a cuatro años por sustraer o retener a una mujer mediante fuerza o fraude. Este artículo es clave en la tipificación de delitos de rapto.

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Texto Legal

- Sufrirá prisión de uno a cuatro años, el que con miras deshonestas substrajere o retuviere a una mujer por medio de la fuerza, intimidación o fraude. La prisión será de dos a seis años, si la robada fuere una mujer casada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La gravedad de la pena puede aumentar si la víctima es casada, lo que puede influir en la defensa y en las decisiones de los acusados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 130 del CP?

Se establece una pena de uno a cuatro años por sustraer o retener a una mujer mediante fuerza o fraude. Este artículo es clave en la tipificación de delitos de rapto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 130 de la CP?

La gravedad de la pena puede aumentar si la víctima es casada, lo que puede influir en la defensa y en las decisiones de los acusados.

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